Recordemos que el registro de una marca otorga a la empresa el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión. Pero esa protección y exclusividad no es eterna.
La protección de una marca o nombre comercial dura 10 años, desde el momento en el que presentamos la solicitud, y puede ser renovada durante periodos sucesivos de otros 10 años.
¿Debemos esperar a que nuestra marca expire antes de solicitar su renovación? No, dicha solicitud de renovación puede presentarse en los 6 meses anteriores a la expiración del registro. Transcurridos los 10 años de protección de marca, en los 6 meses siguientes a la fecha de expiración se podrá solicitar la renovación abonando los recargos de la tasa:
- Durante los tres primeros meses debe abonarse un recargo del 25 %.
- En los siguientes tres meses (cuarto, quinto y sexto desde la expiración), deberá abonarse un recargo del 50 %.
¿Por qué es importante renovar nuestra marca?
Renovar una marca ya registrada anteriormente permite a las empresas mantener la propiedad exclusiva de la marca y proteger su valor comercial en el mercado. De lo contrario, otra empresa podría aprovechar la oportunidad de registrar la misma marca y utilizarla en su propio beneficio. En ese caso, la reputación de la empresa original podría verse dañada y causaría confusión entre sus consumidores.
Renovación parcial de una marca o nombre comercial
La solicitud de renovación de marca o nombre comercial la puede hacer el titular de la marca o un derechohabiente. Esta segunda opción significaría un cambio de nombre o cesión a un tercero. Del mismo modo, las renovaciones pueden ser parciales, es decir, renovar únicamente algunas de las clases en las que está registrada la marca o nombre comercial. En este caso, debe indicarse en la solicitud que se trata de una renovación parcial, y qué clases se desean renovar.
¿Se puede renunciar a una marca o nombre comercial?
Renunciar a una marca o nombre comercial significa el abandono de derechos por parte del titular y de la protección comercial que el registro de marca representa. Esta renuncia puede ser total o parcial, y para solicitarla se debe aportar una solicitud de renuncia con varios datos: la indicación de renuncia parcial o total, la identificación y dirección del titular, los números de expedientes afectados y la firma del titular.
En el caso de tratarse de una renuncia parcial, también deberán presentarse dos listados:
- Listado de productos y servicios que se desea mantener en vigor.
- Listado de productos y servicios a los que se desea renunciar.
En conclusión, son varios los aspectos que debemos tener en cuenta a la hora de renovar la protección de nuestra marca, incluso si lo que deseamos es renunciar a ella.
Lidermark, como registradores oficiales de patentes y marcas, pone a tu disposición sus servicios como intermediario entre tu empresa y la Oficina Española de Patentes y Marcas, para ayudarte a llevar a cabo este tipo de trámites y resolver todas tus dudas.
Deja tu comentario